Art. 83
Disposiciones transitorias
En vigor desde 18 ago 2014
Artículo 83
Disposiciones transitorias
El Reglamento (CE) no 951/2007 de la Comisión (14) seguirá siendo aplicable a los actos jurídicos y los compromisos relativos a la ejecución de los ejercicios anteriores a 2014.
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