Art. 13

Información sobre los cambios en las descripciones de los sistemas de inventario o de los registros nacionales

En vigor desde 30 jun 2014
Artículo 13 Información sobre los cambios en las descripciones de los sistemas de inventario o de los registros nacionales Los Estados miembros declararán claramente en los capítulos pertinentes de su informe relativo al inventario nacional si no se han introducido cambios en la descripción de sus sistemas de inventario nacionales o de sus registros nacionales contemplados en el artículo 7, apartado 1, letras n) u o), del Reglamento (UE) no 525/2013 desde la presentación anterior del informe relativo al inventario nacional.
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