Art. 16

Notificación del incremento del límite fijado para el régimen de pago básico contemplado en el artículo 22, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) no 1307/2013

En vigor desde 16 jun 2014
Artículo 16 Notificación del incremento del límite fijado para el régimen de pago básico contemplado en el artículo 22, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) no 1307/2013 Cuando un Estado miembro notifique a la Comisión las decisiones que adopte de conformidad con el artículo 22, apartado 2 o 3, del Reglamento (UE) no 1307/2013, la información que se ha de presentar a la Comisión se expresará en porcentajes de los límites máximos nacionales anuales establecidos en el anexo II de dicho Reglamento, una vez deducido el importe resultante de la aplicación del artículo 47, apartado 1, de dicho Reglamento, para cada año civil, hasta 2020.
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