Art. 12
Medios de presentación
En vigor desde 13 jun 2014
Artículo 12
Medios de presentación
La presentación de las solicitudes, la información y los documentos que haya que facilitar a la Comisión en virtud de los artículos 6, 8, 9, 10, 11 y 15 se realizará por vía electrónica.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2014:668:oj#art-12