Art. 44
Derogaciones
En vigor desde 15 may 2014
Artículo 44
Derogaciones
1. Quedan derogadas las Decisiones 66/399/CEE, 76/894/CEE y 2009/470/CE.
2. Las referencias a las Decisiones 66/399/CEE y 76/894/CEE se entenderán hechas al artículo 58, apartado 1, del Reglamento (CE) no 178/2002.
3. Las referencias a la Decisión 2009/470/CE se entenderán hechas al presente Reglamento.
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