Art. 44

Derogaciones

En vigor desde 15 may 2014
Artículo 44 Derogaciones 1.   Quedan derogadas las Decisiones 66/399/CEE, 76/894/CEE y 2009/470/CE. 2.   Las referencias a las Decisiones 66/399/CEE y 76/894/CEE se entenderán hechas al artículo 58, apartado 1, del Reglamento (CE) no 178/2002. 3.   Las referencias a la Decisión 2009/470/CE se entenderán hechas al presente Reglamento.
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