Art. 12

Aprobación de la gestión

En vigor desde 6 may 2014
Artículo 12 Aprobación de la gestión No obstante lo dispuesto en el artículo 60, apartado 7, y en el artículo 209 del Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012, la aprobación de la ejecución del presupuesto de la Empresa Común ECSEL será otorgada por el Parlamento Europeo, a recomendación del Consejo, de conformidad con el procedimiento previsto en la reglamentación financiera de la Empresa Común ECSEL.
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