Art. 3
Delegación de poderes
En vigor desde 16 abr 2014
Artículo 3
Delegación de poderes
A fin de garantizar la fiabilidad y eficacia del régimen preferente de importación, se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 4 en lo referente al establecimiento de normas que supediten la participación en el régimen preferente de importación establecido en el artículo 1 a la constitución de una garantía.
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