Art. 31
Importes y pagos en el sector de la leche y los productos lácteos
En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 31
Importes y pagos en el sector de la leche y los productos lácteos
1. Por lo que respecta a las ayudas concedidas para el suministro de determinados productos lácteos a los alumnos de centros escolares, contempladas en el artículo 1 del Reglamento (CE) no 657/2008 de la Comisión (21), el hecho generador del tipo de cambio será el primer día del período objeto de la solicitud de pago contemplada en el artículo 11 de dicho Reglamento.
2. En el caso del pago de la tasa contemplada en el artículo 1 del Reglamento (CE) no 595/2004 de la Comisión (22), para un período dado de 12 meses a tenor de la parte II, título I, capítulo III, del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo (23), el hecho generador del tipo de cambio será el 1 de abril siguiente al período considerado.
3. Por lo que respecta a los gastos de transporte contemplados en el artículo 30, apartado 3, del Reglamento (UE) no 1272/2009 de la Comisión (24), el hecho generador del tipo de cambio será el día en que la autoridad competente haya recibido la oferta válida.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2014:907:oj#art-31