Art. 62

Notificaciones referentes a las definiciones y las disposiciones correspondientes

En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 62 Notificaciones referentes a las definiciones y las disposiciones correspondientes Los Estados miembros notificarán a la Comisión cualesquiera decisiones adoptadas de conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (UE) no 1307/2013 a más tardar el 31 de enero de 2015. La notificación incluirá información pormenorizada sobre esas decisiones, su justificación y los criterios objetivos en que se haya basado su adopción.
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