Art. 9
Programa panafricano
En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 9
Programa panafricano
1. El objetivo de la ayuda de la Unión en virtud del programa panafricano consistirá en apoyar la asociación estratégica entre África y la Unión, y sus modificaciones y adiciones subsiguientes, para incluir actividades de carácter transregional, continental o mundial con la participación de África y en el continente africano.
2. El programa panafricano será complementario y coherente con otros programas establecidos en virtud del presente Reglamento, así como con otros instrumentos de la Unión para la financiación de la acción exterior, en particular el Fondo Europeo de Desarrollo y el Instrumento Europeo de Vecindad.
3. En el anexo III figuran más detalles de los ámbitos de cooperación previstos en el presente artículo.
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