Art. 1

Metodología para el cálculo de la ayuda por parte del FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión para los objetivos relacionados con el cambio climático

En vigor desde 7 mar 2014
Artículo 1 Metodología para el cálculo de la ayuda por parte del FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión para los objetivos relacionados con el cambio climático 1.   El cálculo de la ayuda que deberá utilizarse para objetivos relacionados con el cambio climático por parte del FEDER y el Fondo de Cohesión se llevará a cabo en dos fases: a) deberán aplicarse los coeficientes establecidos en el cuadro 1 del anexo I del presente Reglamento por código de campo de intervención a los datos financieros notificados para dichos códigos; b) en relación con los datos financieros notificados en los códigos de campo de intervención que posean un coeficiente cero, cuando los datos financieros se notifican en la dimensión del objetivo temático de los códigos 04 y 05 que figuran en el cuadro 5 del anexo I del presente Reglamento, los datos se ponderarán con un coeficiente del 40 % en términos de su contribución a los objetivos relacionados con el cambio climático. 2.   Los coeficientes de cambio climático aplicados sobre la base del cuadro 1 del anexo I del presente Reglamento se aplicarán también a las respectivas categorías en el marco del objetivo de cooperación territorial europea establecido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 8, apartado 2, párrafo segundo, del Reglamento (UE) no 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3). 3.   El cálculo de la ayuda concedida por el FSE para objetivos relacionados con el cambio climático se efectuará mediante la identificación de los datos financieros notificados en el código de dimensión 01 «apoyar la transición a una economía con bajas emisiones de carbono y eficiente en el uso de los recursos» de conformidad con la dimensión 6 «códigos de la dimensión relativa al tema secundario en el marco del Fondo Social Europeo» según recoge el cuadro 6 del anexo I del presente Reglamento.
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