Art. 7
Indicación de procedencia
En vigor desde 26 feb 2014
Artículo 7
Indicación de procedencia
Cuando se indique la procedencia de los productos vitivinícolas aromatizados, esta corresponderá al lugar donde se elabore el producto vitivinícola aromatizado. La procedencia se indicará con la expresión «producido en …» o términos equivalentes, complementados por el nombre del Estado miembro o tercer país correspondiente.
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