Art. 2

Definiciones

En vigor desde 14 ene 2014
Artículo 2 Definiciones A los efectos del presente Reglamento, se aplicarán las siguientes definiciones, además de las que figuran en el artículo 2 de la Directiva 2009/125/CE: 1)   «horno»: aparato o parte de un aparato que tiene una o más cavidades que funcionan con electricidad y/o gas, en el que se preparan alimentos en modo de funcionamiento convencional o de circulación forzada; 2)   «cavidad»: compartimento cerrado en el que puede controlarse la temperatura para preparar alimentos; 3)   «horno de cavidad múltiple»: horno con dos o más cavidades, cada una de ellas calentada de forma independiente; 4)   «horno de pequeño tamaño»: horno en el que todas las cavidades tienen una anchura y una profundidad inferiores a 250 mm o una altura inferior a 120 mm; 5)   «horno portátil»: horno cuya masa total es inferior a 18 kilogramos, siempre y cuando no esté concebido para instalaciones integradas; 6)   «calentamiento por microondas»: calentamiento de alimentos mediante energía electromagnética; 7)   «modo convencional»: modo de funcionamiento de un horno que utiliza únicamente la convección natural para la circulación del aire caliente dentro de la cavidad del horno; 8)   «modo de circulación forzada»: modo en el que un ventilador integrado hace circular el aire caliente dentro de la cavidad del horno; 9)   «ciclo»: período de calentamiento de una carga normalizada en la cavidad de un horno en unas condiciones dadas; 10)   «cocina»: aparato compuesto por un horno y una placa de cocina que funciona con gas o electricidad; 11)   «modo de funcionamiento»: situación en que se encuentra un horno o una placa de cocina cuando se está usando; 12)   «fuente de calor»: principal forma de energía utilizada para calentar un horno o una placa de cocina; 13)   «placa de cocina eléctrica»: aparato o parte de un aparato equipado con uno o varios focos o zonas de cocción y una unidad de mando y que funciona con electricidad; 14)   «placa de cocina de gas»: aparato o parte de un aparato que consta de uno o varios focos de cocción y una unidad de mando y que funciona mediante quemadores de gas de una potencia mínima de 1,16 kW; 15)   «placa de cocina»: una placa de cocina eléctrica o de gas o mixta; 16)   «quemadores de gas recubiertos»: quemadores de gas encerrados o sellados bajo una plancha cerámica o de vidrio de alta resistencia que proporciona una superficie de cocina lisa y continua; 17)   «placa de cocina mixta»: un aparato con uno o varios focos o zonas de cocción que funcionan con electricidad y uno o varios focos de cocción que funcionan mediante quemadores de gas; 18)   «foco de cocción»: una parte de una placa de cocina, con un diámetro de al menos 100 mm, en el que se colocan y calientan los utensilios de cocina (uno a la vez); el foco de cocción puede estar delimitado de manera visible en la superficie de la cocina; 19)   «zona de cocción»: parte de una cocina eléctrica que se calienta mediante un campo magnético inducido, en la que colocan los utensilios de cocina para calentarlos sin que existan delimitaciones visibles, y en la que pueden calentarse al mismo tiempo varios utensilios; 20)   «campana extractora»: aparato dotado de un motor controlado por ella que evacúa el aire contaminado encima de una cocina o que incorpora un sistema de aspiración descendente que se instala junto a cocinas, placas de cocina y aparatos de cocina similares y que aspira el vapor hacia abajo a un conducto de salida interno; 21)   «modo de funcionamiento automático durante los períodos de cocción»: estado en el que el flujo de aire de la campana extractora durante los períodos de cocción es controlado automáticamente mediante uno o varios sensores en función de la humedad, la temperatura, etc.; 22)   «campana extractora completamente automática»: campana extractora en la que el flujo de aire y/o las demás funciones se controlan automáticamente mediante uno o varios sensores durante 24 horas, incluidos los períodos de cocción; 23)   «punto de máxima eficiencia» (BEP): punto de funcionamiento en el que la campana extractora alcanza la máxima eficiencia desde el punto de vista de la fluidodinámica (FDEcampana); 24)   «iluminancia media» (Emedia): iluminancia media proporcionada por el sistema de iluminación de la campana extractora en la superficie de la cocina, medida en lux; 25)   «modo desactivado»: estado en el que el equipo está conectado a la red eléctrica pero no ejecuta función alguna, o únicamente indica que se encuentra desactivado, o en el que solamente ofrece funciones para garantizar la compatibilidad electromagnética con arreglo a la Directiva 2004/108/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (5); 26)   «modo de espera»: estado en el que el equipo está conectado a la red eléctrica, depende de la aportación de energía procedente de dicha red para funcionar como está previsto y ofrece solamente la función de reactivación o la función de reactivación más una mera indicación de que dicha función está habilitada, y/o una visualización de información o de estado, que pueden persistir por tiempo indefinido; 27)   «función de reactivación»: aquella que permite la activación de otros modos, incluido el modo activo, mediante un conmutador a distancia, que puede ser un control remoto, un sensor interno o un temporizador, a un estado que proporcione funciones adicionales, incluida la función principal; 28)   «visualización de información o de estado»: una función continua que proporciona información o indica el estado del equipo en un visualizador, incluidos eventuales relojes; 29)   «usuario final»: el consumidor que compra o podría comprar un producto; 30)   «modelo equivalente»: un modelo comercializado con los mismos parámetros técnicos que otro modelo comercializado por el mismo fabricante o importador con un número de código comercial diferente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2014:66:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil