Art. 97
Disposiciones específicas sobre la programación de la ayuda relativa a los instrumentos conjuntos para garantías ilimitadas y titulización con arreglo al objetivo de inversión en crecimiento y empleo
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 97
Disposiciones específicas sobre la programación de la ayuda relativa a los instrumentos conjuntos para garantías ilimitadas y titulización con arreglo al objetivo de inversión en crecimiento y empleo
De conformidad con el artículo 28, los programas operativos contemplados en el artículo 39, apartado 4, párrafo primero, letra b), incluirán solo los elementos a que se refiere el artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), incisos i), ii) y iv), y letra d), apartado 5 y apartado 6, letra b).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2013:1303:oj#art-97