Art. 15
Procedimiento de comité
En vigor desde 16 dic 2013
Artículo 15
Procedimiento de comité
1. La Comisión estará asistida por el Comité de la Organización Común de Mercados Agrícolas, instituido por el artículo 299 del Reglamento (UE) no 1308/2013. Dicho Comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) no 182/2011.
2. Cuando se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 5 del Reglamento (UE) no 182/2011.
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