Art. 46
Derogación
En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 46
Derogación
Queda derogado el Reglamento (CE) no 104/2000. Sin embargo, el artículo 4 será aplicable hasta el 12 de diciembre de 2014.
Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo IV.
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