Art. 40

Aplicación de las normas sobre competencia

En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 40 Aplicación de las normas sobre competencia Los artículos 101 a 106 del TFUE y sus disposiciones de aplicación se aplicarán a los acuerdos, decisiones y prácticas contemplados en el artículo 101, apartado 1, y en el artículo 102 del TFUE que se refieran a la producción o comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2013:1379:oj#art-40

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil