Art. 5
Presupuesto
En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 5
Presupuesto
1. El paquete financiero para la ejecución del Programa en el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020 ascenderá a 919 469 000 EUR, a precios corrientes.
2. Se asignarán los siguientes porcentajes indicativos a los ejes establecidos en el artículo 3, apartado 1:
a)
un 61 % al eje «Progress»;
b)
un 18 % al eje «EURES»;
c)
un 21 % al eje «Microfinanciación y emprendimiento social».
3. La Comisión podrá utilizar hasta el 2 % del paquete financiero mencionado en el apartado 1 para financiar los gastos operativos destinados a apoyar la ejecución del Programa.
4. La Comisión podrá recurrir al paquete financiero mencionado en el apartado 1 para financiar asistencia técnica o administrativa, en particular, en lo relativo a auditoría, externalización de traducciones, reuniones de expertos, y actividades de información y comunicación en provecho mutuo de la Comisión y los beneficiarios.
5. El Parlamento Europeo y del Consejo autorizará créditos anuales dentro de los límites establecidos en el marco financiero plurianual.
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