Art. 19

Secciones temáticas y financiación

En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 19 Secciones temáticas y financiación El eje «EURES» apoyará acciones de una o más de las secciones temáticas que figuran en las letras a), b) y c). A lo largo de todo el período de duración del Programa, el desglose indicativo de la asignación establecida en el artículo 5, apartado 2, letra b), entre las distintas secciones respetará los siguientes porcentajes mínimos: a) transparencia de las ofertas y demandas de empleo y de toda información relacionada para los solicitantes y las empresas: 32 %; b) desarrollo de los servicios de contratación y colocación de trabajadores en un puesto de trabajo a través de la compensación de ofertas y demandas de empleo a nivel de la Unión, en particular, planes de movilidad específicos; 30 %; c) asociaciones transfronterizas: 18 %. El resto se destinará a una o más de las secciones temáticas que figuran en las letras a), b) o c), o a una combinación de éstas.
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