Art. 7

Requisitos aplicables a las disposiciones relativas a los procedimientos de homologación de tipo

En vigor desde 21 nov 2013
Artículo 7 Requisitos aplicables a las disposiciones relativas a los procedimientos de homologación de tipo Los procedimientos de ensayo y requisitos aplicables a las disposiciones relativas a la homologación de tipo a las que se hace referencia en el anexo II (C2) del Reglamento (UE) no 168/2013 se aplicarán y verificarán de conformidad con el anexo III del presente Reglamento.
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