Art. 6
Requisitos aplicables a los avisadores acústicos
En vigor desde 24 oct 2013
Artículo 6
Requisitos aplicables a los avisadores acústicos
Los procedimientos de ensayo y requisitos de rendimiento aplicables a los avisadores acústicos, objeto del anexo II (parte B1) del Reglamento (UE) no 168/2013, se llevarán a cabo y se verificarán con arreglo al anexo II del presente Reglamento.
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