Art. 519

Deducción de los activos de fondos de pensión de prestaciones definidas del capital de nivel 1 ordinario

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 519 Deducción de los activos de fondos de pensión de prestaciones definidas del capital de nivel 1 ordinario A más tardar el 30 de junio de 2014, la ABE elaborará un informe acerca de si la norma NIC 19, en conjunción con la deducción de los activos de fondos de pensión netos, establecida en el artículo 36, letra a), y con los cambios en los pasivos de fondos de pensiones netas, da lugar a una volatilidad indebida de los fondos propios de las entidades. A más tardar el 31 de diciembre de 2014, la Comisión, teniendo en cuenta el informe de la ABE, elaborará un informe sobre la cuestión tratada en el párrafo primero y lo presentará al Parlamento Europeo y al Consejo, acompañado, si procede, de una propuesta legislativa destinada a introducir un tratamiento que ajuste los activos o pasivos de fondos de pensión de prestaciones definidas netas para el cálculo de los fondos propios.
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