Art. 518

Examen de los instrumentos de capital que pueden amortizarse o convertirse si se alcanza el punto de no viabilidad

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 518 Examen de los instrumentos de capital que pueden amortizarse o convertirse si se alcanza el punto de no viabilidad A más tardar el 31 de diciembre de 2015, la Comisión examinará la conveniencia de incluir en el presente Reglamento un requisito de amortización de instrumentos de capital de nivel 1 adicional y de capital de nivel 2 en caso de determinarse que la entidad ha dejado de ser viable, y presentará un informe al respecto. La Comisión transmitirá dicho informe al Parlamento Europeo y al Consejo, acompañado, si procede, de una propuesta legislativa.
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