Art. 209

Requisitos aplicables a los derechos de cobro

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 209 Requisitos aplicables a los derechos de cobro 1.   Los derechos de cobro se considerarán garantías reales admisibles siempre que se cumplan todos los requisitos establecidos en los apartados 2 y 3. 2.   En lo que respecta a la certeza jurídica, habrán de satisfacerse las siguientes condiciones: a) el mecanismo jurídico por el que se presta la garantía real en favor de una entidad acreedora deberá ser sólido y eficaz y deberá garantizar que esta última posea derechos incuestionables sobre la garantía real, incluido el derecho a los ingresos procedentes de la venta de esa garantía; b) las entidades adoptarán todas las medidas necesarias para cumplir los requisitos locales aplicables para la ejecución de la garantía. Las entidades acreedoras tendrán un derecho de prelación de primer grado sobre la garantía real, si bien tales derechos podrán seguir estando supeditados a los derechos de los acreedores que tengan la condición de privilegiados en virtud de disposiciones legislativas; c) las entidades habrán llevado a cabo un análisis jurídico suficiente que confirme la exigibilidad de los acuerdos sobre garantía real en todos los territorios pertinentes; d) documentarán adecuadamente los acuerdos sobre garantía real y establecerán un procedimiento claro y sólido que permita la rápida ejecución de la garantía real; e) establecerán procedimientos que garanticen la observancia de todas las condiciones jurídicas pertinentes para la declaración de impago del prestatario y la rápida ejecución de la garantía real; f) en caso de dificultades financieras o impago del prestatario, la entidad deberá estar facultada para enajenar o ceder los derechos de cobro a terceros sin el consentimiento de los deudores de dichos derechos. 3.   En lo que respecta a la gestión del riesgo, habrán de cumplirse las siguientes condiciones: a) la entidad deberá contar con un procedimiento sólido para determinar el riesgo de crédito asociado a los derechos de cobro. Dicho procedimiento incluirá el análisis del negocio del prestatario y del sector económico en el que opera, así como el tipo de clientes con los que negocia. Cuando la entidad de crédito utilice información facilitada por su prestatario para evaluar el riesgo de crédito de sus clientes, deberá examinar las prácticas crediticias del prestatario a fin de contrastar su solidez y credibilidad; b) la diferencia entre la cuantía de la exposición y el valor de los derechos de cobro deberá reflejar todos los factores oportunos, incluidos el coste de cobro, el grado de concentración en el conjunto de los derechos de cobro pignorados por un único prestatario y el riesgo de concentración potencial, con respecto al total de las exposiciones de la entidad, que supere el controlado mediante la metodología general de la entidad. La entidad deberá mantener un proceso de seguimiento continuo adecuado para los derechos de cobro. Además, se examinará periódicamente la observancia de las cláusulas de los contratos de préstamo, las limitaciones medioambientales y otros requisitos legales; c) los derechos de cobro pignorados por un prestatario estarán diversificados y no presentarán una correlación indebida con dicho prestatario. En caso de una correlación positiva elevada, las entidades tendrán en cuenta los riesgos concomitantes al establecer los márgenes para el conjunto de garantías reales; d) las entidades no utilizarán derechos de cobro procedentes de personas vinculadas al prestatario, incluidas empresas filiales y empleados, como cobertura del riesgo de crédito admisible; e) la entidad deberá contar con un procedimiento documentado de percepción de derechos de cobro en situaciones de dificultad. Dispondrán de los servicios necesarios para llevarlo a cabo, aun cuando la labor de cobro corresponda generalmente al prestatario.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2013:575:oj#art-209

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil