Art. 1
En vigor desde 18 ene 2013
Artículo 1
Se abre un procedimiento de licitación para la campaña de comercialización 2012/13 con el número de referencia 09.4314, para las importaciones de azúcar de los códigos NC 1701 14 10 y 1701 99 10 con derechos de aduana reducidos.
Estos derechos de aduana sustituirán el derecho del arancel aduanero común y los derechos adicionales a los que se hace referencia en el artículo 141 del Reglamento (CE) no 1234/2007 y en el artículo 36 del Reglamento (CE) no 951/2006 (2).
Salvo disposición en contrario establecida por el presente Reglamento, se aplicará el Reglamento (CE) no 376/2008 de la Comisión (3).
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