Art. 3
Ámbito de aplicación
En vigor desde 15 ene 2013
Artículo 3
Ámbito de aplicación
1. El presente Reglamento establece el marco de programación para el desarrollo, la elaboración y la difusión de las estadísticas europeas, los ámbitos principales y los objetivos de las acciones previstas durante el período 2013-2017, de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento (CE) no 223/2009.
2. El Programa no incluye las medidas previstas por el Programa para Modernizar las Estadísticas Empresariales y Comerciales Europeas («el programa MEETS»), establecido por la Decisión no 1297/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (9), hasta el 31 de diciembre de 2013, fecha en que concluye el programa MEETS, pero incluye objetivos en el ámbito de las estadísticas empresariales y comerciales que se prevé aplicar de 2014 a 2017.
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