Art. 215

Información y notificación

En vigor desde 29 oct 2012
Artículo 215 Información y notificación (artículo 138, apartado 3, del Reglamento Financiero) 1.   Se informará a los participantes de los resultados de la evaluación de sus candidaturas lo antes posible, y en cualquier caso dentro de los 15 días naturales después de que el ordenador haya adoptado la decisión de concesión. 2.   La decisión de conceder el premio se notificará al participante ganador y servirá como compromiso jurídico a tenor de lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento Financiero.
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