Art. 20

Publicación provisional del presupuesto

En vigor desde 29 oct 2012
Artículo 20 Publicación provisional del presupuesto (artículo 34 del Reglamento Financiero) Con la mayor brevedad posible y a más tardar cuatro semanas después de la aprobación final del presupuesto, se publicarán en todas las lenguas las cifras detalladas definitivas del presupuesto en el sitio internet de las instituciones, a iniciativa de la Comisión, a la espera de la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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