Art. 14

Informes de inspección en el puerto

En vigor desde 23 may 2012
Artículo 14 Informes de inspección en el puerto Los informes de inspección a que se refiere el artículo 27 del Reglamento (UE) no 1236/2010 se redactarán con arreglo al impreso que figura en el anexo IX y se enviarán a la Secretaría de la CPANE con copia a la Comisión.
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