Art. 25

Procedimiento de comité

En vigor desde 13 dic 2011
Artículo 25 Procedimiento de comité 1.   La Comisión estará asistida por el Comité de pesca y acuicultura establecido por el artículo 30, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2371/2002. Dicho Comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) no 182/2011. 2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado será de aplicación el artículo 5 del Reglamento (UE) no 182/2011.
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