Art. 46

Transferencia de derechos de emisión de la aviación a la cuenta de cantidad total de aviación de la UE

En vigor desde 18 nov 2011
Artículo 46 Transferencia de derechos de emisión de la aviación a la cuenta de cantidad total de aviación de la UE Al final de cada período de comercio, todos los derechos de emisión que queden en la cuenta de reserva especial de la UE se transferirán a la cuenta de cantidad total de aviación de la UE.
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