Art. 2
Definiciones
En vigor desde 27 ene 2011
Artículo 2
Definiciones
A efectos del presente Reglamento, se entenderá por
a) «solicitud de ayuda»: una solicitud de ayuda o una solicitud para participar en un régimen de ayuda en virtud del Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo;
b) «solicitud de pago»: una solicitud que presenta un beneficiario ante las autoridades nacionales para obtener un pago;
c) «otra declaración»: cualquier declaración o documento distinto de los mencionados en las letras a) y b) que tiene que ser presentado por un beneficiario o tercero, o que tiene que estar en posesión de un beneficiario o tercero, para cumplir determinados requisitos de ciertas medidas de desarrollo rural.
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