Art. 9

Requisitos específicos aplicables a las sustancias

En vigor desde 14 ene 2011
Artículo 9 Requisitos específicos aplicables a las sustancias 1.   Las sustancias usadas en la fabricación de capas plásticas para materiales y objetos plásticos estarán sujetas a las siguientes restricciones y especificaciones: a) el límite de migración específica que se establece en el artículo 11; b) el límite de migración global que se establece en el artículo 12; c) las restricciones y especificaciones que se establecen en el punto 1, cuadro 1, columna 10, del anexo I; d) las especificaciones detalladas que se establecen en el punto 4 del anexo I. 2.   Las sustancias en nanoforma solo se usarán si así se autoriza y se menciona en las especificaciones del anexo I.
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