Art. 9
Requisitos específicos aplicables a las sustancias
En vigor desde 14 ene 2011
Artículo 9
Requisitos específicos aplicables a las sustancias
1. Las sustancias usadas en la fabricación de capas plásticas para materiales y objetos plásticos estarán sujetas a las siguientes restricciones y especificaciones:
a)
el límite de migración específica que se establece en el artículo 11;
b)
el límite de migración global que se establece en el artículo 12;
c)
las restricciones y especificaciones que se establecen en el punto 1, cuadro 1, columna 10, del anexo I;
d)
las especificaciones detalladas que se establecen en el punto 4 del anexo I.
2. Las sustancias en nanoforma solo se usarán si así se autoriza y se menciona en las especificaciones del anexo I.
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