Art. 9

Circunstancias que impedirán la celebración de subastas

En vigor desde 12 nov 2010
Artículo 9 Circunstancias que impedirán la celebración de subastas Sin perjuicio de la aplicación, cuando proceda, de las normas contempladas en el artículo 58, toda plataforma de subastas podrá anular una subasta cuando su correcta celebración se vea o pueda verse perturbada por una circunstancia que afecte a la seguridad o fiabilidad del sistema informático necesario para solicitar la admisión a presentar ofertas, para acceder a una subasta o para ejecutarla. En lo que respecta a los derechos de emisión del capítulo III de la Directiva 2003/87/CE, el volumen por subastar se distribuirá de manera uniforme a lo largo de las cuatro subastas siguientes programadas. En lo que respecta a los derechos de emisión del capítulo II de la Directiva 2003/87/CE, el volumen por subastar se distribuirá de manera uniforme a lo largo de las dos subastas siguientes programadas.
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