Art. 1

Objeto

En vigor desde 7 oct 2010
Artículo 1 Objeto El presente Reglamento establece requisitos generales, así como de funcionamiento y mantenimiento, con respecto al sistema de registros normalizado y garantizado, compuesto de registros, y al diario independiente de transacciones contemplado en el artículo 20, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE y en el artículo 6 de la Decisión no 280/2004/CE. Contempla asimismo un sistema de comunicación entre el sistema de registros y el diario internacional de transacciones establecido, gestionado y mantenido por la Secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC).
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2010:920:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil