Art. 4

Título y contenido del documento

En vigor desde 1 jul 2010
Artículo 4 Título y contenido del documento 1.   El contenido del documento de datos fundamentales para el inversor se presentará en el orden que se establece en los apartados 2 a 13. 2.   El título «Datos fundamentales para el inversor» figurará, de forma destacada, en la parte superior de la primera página del documento de datos fundamentales para el inversor. 3.   Inmediatamente debajo del título, figurará una declaración explicativa que rezará como sigue. «El presente documento recoge los datos fundamentales sobre este fondo que el inversor debe conocer. No se trata de material de promoción comercial. La ley exige que se facilite esta información para ayudarle a comprender la naturaleza del fondo y los riesgos que comporta invertir en él. Es aconsejable que lea el documento para poder tomar una decisión fundada sobre la conveniencia o no de invertir en él.». 4.   La identificación del OICVM, así como la de la clase de acciones o la de su compartimento de inversión figurarán de forma prominente. En el caso de un compartimento de inversión o clase de acciones, el nombre del OICVM seguirá al del compartimento o la clase de acciones. Cuando exista un número de código de identificación del OICVM, el compartimento de inversión o la clase de acciones, tal número formará parte de la identificación del OICVM. 5.   Se indicará el nombre de la sociedad de gestión. 6.   Asimismo, en aquellos casos en que la sociedad de gestión forme parte de un grupo de sociedades a efectos jurídicos, administrativos o comerciales, podrá indicarse el nombre del grupo. Podrá utilizarse la marca corporativa, siempre que ello no entorpezca la comprensión por el inversor de los elementos clave de la inversión ni vaya en detrimento de su capacidad para comparar productos de inversión. 7.   La sección del documento de datos fundamentales para el inversor titulada «Objetivos y política de inversión» contendrá la información prevista en la sección 1 del capítulo III del presente Reglamento. 8.   La sección del documento de datos fundamentales para el inversor titulada «Perfil de riesgo y remuneración» contendrá la información prevista en la sección 2 del capítulo III del presente Reglamento. 9.   La sección del documento de datos fundamentales para el inversor titulada «Gastos» contendrá la información prevista en la sección 3 del capítulo III del presente Reglamento. 10.   La sección del documento de datos fundamentales para el inversor titulada «Rentabilidad histórica» contendrá la información prevista en la sección 4 del capítulo III del presente Reglamento. 11.   La sección del documento de datos fundamentales para el inversor titulada «Información práctica» contendrá la información prevista en la sección 5 del capítulo III del presente Reglamento. 12.   Los datos referentes a la autorización consistirán en la siguiente declaración: «Este fondo está autorizado en [nombre del Estado miembro] y está regulado por [identidad de la autoridad competente]». En caso de que el OICVM esté gestionado por una sociedad de gestión que ejerza sus derechos con arreglo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Directiva 2009/65/CE, se incluirá la siguiente declaración suplementaria: «[Nombre de la sociedad de gestión] está autorizada en [nombre del Estado miembro] y está regulada por [identidad de la autoridad competente]». 13.   La información relativa a la publicación consistirá en la siguiente declaración: «Los presentes datos fundamentales para el inversor son exactos a [fecha de publicación]».
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