Art. 2
Definiciones
En vigor desde 25 mar 2010
Artículo 2
Definiciones
A efectos del presente Reglamento se aplicarán las definiciones del artículo 2 del Reglamento (CE) no 549/2004 y del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 95/93 del Consejo (4).
Asimismo, se entenderá por:
1)
«medida de gestión de afluencia del tránsito aéreo (ATFM)», las medidas adoptadas para realizar la gestión de afluencia de tránsito aéreo y a la gestión de la capacidad;
2)
«operador», una persona, entidad o empresa que se dedica o se ofrece a operar aeronaves;
3)
«reglas de vuelo por instrumentos (IFR)», las reglas de vuelo por instrumentos previstas en el anexo 2 del Convenio de Chicago de 1944 sobre Aviación Civil Internacional (en lo sucesivo, «el Convenio de Chicago»);
4)
«oficina de notificación de servicios de tránsito aéreo (ATS)», la unidad de ATS creada para recibir notificaciones sobre los ATS y los planes de vuelo presentados antes de la primera entrega de una autorización de control de tránsito aéreo;
5)
«unidad local de gestión de afluencia del tránsito aéreo (ATFM)», un cargo de gestión de afluencia que actúe en nombre de una o varias entidades de gestión de afluencia como interfaz entre la unidad central ATFM y una unidad ATS o un grupo de dichas unidades;
6)
«situación crítica», la situación o crisis inhabitual que suponga una pérdida importante de capacidad de la EATMN o un desequilibrio importante entre la capacidad de la EATMN y la demanda o un fallo importante en el flujo de información en una o varias partes de la EATMN;
7)
«franja de salida de gestión de afluencia del tránsito aéreo (ATFM)», la hora calculada de despegue asignada por la unidad central ATFM con una tolerancia horaria gestionada por la unidad local ATS;
8)
«rutas y orientación del tránsito», las políticas y los procedimientos para la utilización de rutas por la aeronave;
9)
«plan de vuelo múltiple», más de un plan de vuelo para un mismo vuelo previsto entre dos aeropuertos;
10)
«configuración de sector de una unidad de servicios de tránsito aéreo (ATS)», la descripción en cuatro dimensiones del sector del espacio aéreo de una unidad ATS, o grupo de sectores, que puedan ser operados con carácter permanente o temporal;
11)
«tiempo de rodaje en el aeródromo», el valor temporal predeterminado desde la retirada de calzos hasta el despegue, expresado en minutos y válido durante las operaciones aeroportuarias normales;
12)
«posición de vuelo actualizada», la posición de vuelo, actualizada mediante datos de supervisión, datos del plan de vuelo o informes de posición;
13)
«autorización de control de tránsito aéreo», la autorización necesaria para que una aeronave circule de acuerdo con condiciones establecidas por una unidad de control de tránsito aéreo;
14)
«suspensión del plan de vuelo», el proceso iniciado por la entidad que procede a la ATFM para garantizar que el operador modifique el plan de vuelo antes de la ejecución del vuelo;
15)
«servicio aéreo», un vuelo o una serie de vuelos para el transporte de pasajeros, carga o correo a cambio de una remuneración o del pago de un alquiler;
16)
«libro de explotación», el libro del sistema ATFM, convertido en base de datos para permitir una búsqueda rápida de los datos ATFM.
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