Art. 23
Derogación
En vigor desde 30 nov 2009
Artículo 23
Derogación
Queda derogado el Reglamento (CE) no 384/96.
No obstante, la derogación del Reglamento (CE) no 384/96 se entenderá sin perjuicio de la validez de los procedimientos iniciados con arreglo al mismo.
Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el Anexo II.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2009:1225:oj#art-23