Art. 11

Sistemas de etiquetado ecológico en los Estados miembros

En vigor desde 25 nov 2009
Artículo 11 Sistemas de etiquetado ecológico en los Estados miembros 1.   Cuando se hayan publicado criterios de la etiqueta ecológica de la UE para una categoría de productos dada, otros sistemas de etiquetado ecológico EN ISO 14024 tipo I reconocidos oficialmente a escala nacional o regional que no abarquen esa categoría de productos en el momento de la publicación solo podrán incluirla si los criterios elaborados con arreglo a esos sistemas son, como mínimo, tan estrictos como los de la etiqueta ecológica de la UE. 2.   A fin de armonizar los criterios de los sistemas europeos de etiquetado ecológico (EN ISO 14024 tipo I), los criterios de la etiqueta ecológica de la UE también tendrán en cuenta los criterios existentes fijados en los sistemas de etiquetado ecológico oficialmente reconocidos en los Estados miembros.
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