Art. 96
En vigor desde 16 nov 2009
Artículo 96
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 99, la concesión de la franquicia prevista en el artículo 95 estará supeditada a la condición de que las mercancías sometidas a exámenes, análisis o ensayos se consuman o se destruyan totalmente durante los exámenes, análisis o ensayos.
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