Art. 2
En vigor desde 21 oct 2009
Artículo 2
Queda derogada la Directiva 2006/23/CE.
Las disposiciones de la Directiva 2006/23/CE seguirán aplicándose con carácter transitorio hasta la fecha de aplicación de la medidas a las que se refiere el artículo 8 quater, apartado 10, del Reglamento (CE) no 216/2008 en su versión modificada por el presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2009:1108:oj#art-2