Art. 9

Material de la categoría 2

En vigor desde 21 oct 2009
Artículo 9 Material de la categoría 2 El material de la categoría 2 incluirá los subproductos animales siguientes: a) el estiércol, el guano no mineralizado y el contenido del tubo digestivo; b) los subproductos animales recogidos durante el tratamiento de aguas residuales mediante la aplicación de las normas adoptadas con arreglo al artículo 27, párrafo primero, letra c), i) de establecimientos o plantas que procesen material de la categoría 2, o ii) de mataderos distintos de los cubiertos por el artículo 8, letra e); c) los subproductos animales que contengan residuos de sustancias autorizadas o de contaminantes que sobrepasen los niveles autorizados mencionados en el artículo 15, apartado 3, de la Directiva 96/23/CE; d) los productos de origen animal que hayan sido declarados no aptos para el consumo humano debido a la presencia en ellos de cuerpos extraños; e) los productos de origen animal distintos del material de la categoría 1: i) importados o introducidos desde un tercer país que no cumplan los requisitos de la legislación veterinaria comunitaria para su importación o introducción en la Comunidad, salvo si la legislación comunitaria permite su importación o introducción con restricciones específicas o su devolución al tercer país, o ii) enviados a otro Estado miembro que no cumplan los requisitos establecidos o permitidos por la legislación comunitaria, salvo si se devuelven con la autorización de la autoridad competente responsable del Estado miembro de origen; f) los animales y partes de animales, distintos de los contemplados en los artículos 8 o 10, i) que murieron sin que hayan sido sacrificados o matados para el consumo humano, con inclusión de los animales matados para el control de enfermedades, ii) los fetos, iii) los oocitos, los embriones y el esperma no destinados a la reproducción, y iv) las aves de corral muertas en el huevo; g) las mezclas de material de la categoría 2 con material de la categoría 3; h) los subproductos animales distintos del material de la categoría 1 o la categoría 3.
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