Art. 3
Requisitos aplicables a los servicios de red
En vigor desde 19 oct 2009
Artículo 3
Requisitos aplicables a los servicios de red
Los servicios de red cumplirán los requisitos de calidad establecidos en el anexo I.
Además, cada tipo de servicio de red cumplirá lo siguiente:
a)
los servicios de localización, las características y requisitos específicos indicados en el anexo II;
b)
los servicios de visualización, las características y requisitos específicos indicados en el anexo III.
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