Art. 3

Requisitos aplicables a los servicios de red

En vigor desde 19 oct 2009
Artículo 3 Requisitos aplicables a los servicios de red Los servicios de red cumplirán los requisitos de calidad establecidos en el anexo I. Además, cada tipo de servicio de red cumplirá lo siguiente: a) los servicios de localización, las características y requisitos específicos indicados en el anexo II; b) los servicios de visualización, las características y requisitos específicos indicados en el anexo III.
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