Art. 16

Derogación

En vigor desde 25 sept 2009
Artículo 16 Derogación Queda derogado el Reglamento (CE) no 950/2006 con efectos a partir del 1 de octubre de 2009. No obstante, los certificados expedidos en virtud de dicho Reglamento serán válidos hasta la fecha en que expiren.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2009:891:oj#art-16

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil