Art. 31

Presentación de la oposición

En vigor desde 17 sept 2009
Artículo 31 Presentación de la oposición 1.   En las oposiciones a las que se hace referencia en el artículo 59 del Reglamento de base se hará constar: a) el nombre del solicitante y el número de expediente de la solicitud contra la que se presenta la oposición; b) el nombramiento del opositor como parte en los procedimientos a que se hace referencia en el artículo 2 del presente Reglamento; c) si el opositor nombrara un representante en el procedimiento, su nombre y su dirección; d) una declaración en la que se exponga el principio en el que se funda la oposición de los datos que figuran en el artículo 59, apartado 3, del Reglamento de base, así como los hechos, pruebas y argumentos presentados en apoyo de la oposición. 2.   Si se presentaran varias oposiciones contra la misma solicitud comunitaria de variedad vegetal, la Oficina podrá tratarlas en un solo procedimiento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2009:874:oj#art-31

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil