Art. 5

Medida de intervención

En vigor desde 16 abr 2009
Artículo 5 Medida de intervención Las medidas adoptadas en virtud del presente Reglamento se considerarán medidas de intervención destinadas a regular los mercados agrarios en el sentido del artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo (7).
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