Art. 3

Presentación de solicitudes

En vigor desde 17 dic 2008
Artículo 3 Presentación de solicitudes 1.   A partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, podrán presentarse en Irlanda solicitudes de ayuda al almacenamiento privado de productos de carne de porcino de las categorías con derecho a tal ayuda en virtud del artículo 1. 2.   Las solicitudes corresponderán a periodos de almacenamiento de 90, 120, 150 o 180 días. 3.   Las solicitudes se presentarán únicamente respecto de una de las categorías de productos recogidas en el anexo, para lo que se indicará el código NC correspondiente. 4.   Las autoridades irlandesas adoptarán cuantas medidas sean necesarias para garantizar el cumplimiento del artículo 1, apartado 1.
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