Art. 3
En vigor desde 30 oct 2008
Artículo 3
1. El contingente arancelario de importación global se subdividirá en tres subcontingentes:
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subcontingente I (número de orden 09.4123): 572 000 toneladas para Estados Unidos,
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subcontingente II (número de orden 09.4124): 38 853 toneladas para Canadá,
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subcontingente III (número de orden 09.4125): 2 378 387 toneladas para los demás terceros países.
2. En caso de que, durante un año, se registre una importante infrautilización de los subcontingentes I o II, la Comisión podrá, previo acuerdo con los terceros países de que se trate, adoptar disposiciones para la transferencia de las cantidades no utilizadas hacia los otros subcontingentes, de conformidad con el procedimiento al que se refiere el artículo 195, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1234/2007.
3. El subcontingente III se dividirá en cuatro subperíodos trimestrales, que abarcarán las fechas y cantidades siguientes:
a)
subperíodo 1: del 1 de enero al 31 de marzo, 594 597 toneladas;
b)
subperíodo 2: del 1 de abril al 30 de junio, 594 597 toneladas;
c)
subperíodo 3: del 1 de julio al 30 de septiembre, 594 597 toneladas;
d)
subperíodo 4: del 1 de octubre al 31 de diciembre, 594 596 toneladas.
4. En caso de agotamiento de las cantidades de uno de los subperíodos 1 a 3, la Comisión podrá prever la apertura anticipada del subperíodo siguiente, con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 195, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1234/2007.
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