Art. 10
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 23 jun 2008
Artículo 10
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable desde el 1 de enero de 2009.
Historial de versiones
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