Art. 4

Instrumentos de calibrado del calibrador de malla

En vigor desde 10 jun 2008
Artículo 4 Instrumentos de calibrado del calibrador de malla Los pesos de prueba calibrados y la placa de medición de prueba calibrada ilustradas en la figura 1 del anexo V deberán ir certificadas por las autoridades nacionales competentes y llevar el distintivo «CE».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2008:517:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil